abril 18, 2024
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Jul

Lo último que se pierde es la esperanza: Corte de Apelaciones no acoge recurso de afiliado que buscaba retirar sus fondos de la AFPs.

La Corte de Apelaciones de Iquique declaró inadmisible el recurso de protección presentado por un afiliado en contra de la AFP Cuprum S.A, por negar la entrega de sus ahorros previsionales, aduciendo vulneración del derecho de propiedad.

En fallo unánime (causa rol 314-2019), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Marilyn Fredes Araya, Mónica Olivares Ojeda y Francisco Berrios Veloso- declaró inadmisible la acción judicial que buscaba que se ordenara la entrega de fondos de la cuenta de capitalización individual, tras establecer que el actuar de la AFP no constituye una vulneración de garantía constitucional.

“Advirtiéndose del recurso que no existe acto ilegal o arbitrario en términos de vulnerar la garantía invocada, desde que la misma se relaciona con la imposibilidad de la recurrida de acceder a la solicitud de retiro de los fondos previsionales de la cuenta obligatoria del recurrente, lo que se encuentra legalmente amparado por el DL 3.500 de 1980, escapando la pretensión del ámbito de aplicación de la presente acción cautelar, y visto además lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Numerales 1 y 2 del auto acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se declara INADMISIBLE, la acción de protección deducida”, establece el fallo.

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